IM VETERINARIA #50

22 los antibióticos. Cada día nos enfrentamos a patógenos que van creando resistencias a las moléculas que conocemos. Dentro del concepto One Health, “es primordial trabajar para la optimización de su uso, pero no es suficiente que se apriete sólo en el uso veterinario”. Admite que no son capaces de valorar si este objetivo puede conseguirse simplemente por el hecho de que se comunique la prescripción a través de PRESVET. En cualquier caso, “será una manera de que las autoridades sanitarias tengan más información para poder tomar decisiones, aunque, para una información completa, debe integrarse también el antibiótico que se usa en la medicina humana”. Como representantes de la empresa veterinaria, ponen de manifiesto que el uso de esta plataforma aumentará la carga burocrática y, por ende, los costes de producción. Éstos deberán ser asumidos por las empresas o repercutidos a los clientes, “sin compensación alguna por parte de la Administración”. Como muestra, “cuando se habla en el PERTE de Salud sobre la digitalización e innovación de la Sanidad, no se ha incluido la Sanidad animal o ni se plantea ya la rebaja del IVA en el servicio veterinario que sigue grabando la salud pública al 21%”. Abordamos con ella por qué el RD mantiene el vigente régimen de incompatibilidades entre el ejercicio clínico y la distribución o comercialización de medicamentos veterinarios. “Este RD debe respetar el régimen de incompatibilidades de la Ley de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios (Ley 29/2006). En este país, rige la máxima de ´el que prescribe no dispensa´, que en principio busca garantizar la correcta ejecución de las dos acciones, con la segunda como punto de control de la primera”, expresa. Amonesta que parece que los legisladores no quieren darse cuenta de que esta máxima, “que es perfecta para el medicamento humano”, no puede serlo con respecto al medicamento veterinario, “ya que los profesionales que en nuestro país ejercen la dispensación, los farmacéuticos, no tienen la formación adecuada para poder garantizar una correcta dispensación, que no venta, de medicamentos destinados a especies animales de las que conocen poco o nada”. En CEVE están totalmente de acuerdo con que a partir de este RD no sea necesaria la emisión de recetas para aquellos fármacos que, formando parte del botiquín, sean aplicados a los pacientes como parte del ejercicio profesional de los veterinarios. Están totalmente en contra de que no se haya creado la figura de un “veterinario garante” de la dispensación en cualquier punto donde ésta se lleve a cabo o de que no pueda realizarse en los centros sanitarios veterinarios. Están igualmente en contra con que la cesión de fármacos de botiquín deba ser sin ánimo de lucro, mientras otras actividades en torno al medicamento veterinario, como la fabricación, distribución o dispensación, se realizan con ánimo de lucro. Esta organización permitiría que la dispensación de fármacos se llevase a cabo en centros sanitarios veterinarios, “porque es un derecho que reconoce la reglamentación europea y porque estamos convencidos de que sería el lugar donde ésta podría llevarse a cabo de una forma más racional y segura y ayudaría a que el usuario final tenga menos trabas en conseguir el medicamento que necesita, tal como el espíritu del Reglamento europeo proclama”. ¿De qué manera defienden el que los canales del medicamento veterinario y el de uso humano vayan por vías distintas? Saleno opina que “es totalmente lógico que existan estas diferencias, los profesionales que intervienen se forman de manera específica para atender a pacientes humanos o a pacientes animales, y en toda la cadena el medicamento de uso humano y el medicamento veterinario van por canales diferentes”. Recalca que “sólo en España nos empeñamos en seguir juntándolos en el punto de dispensación” y que “no tiene sentido alguno”. Certifica que el modelo que prima el mejor servicio para la ciudadanía, para la salud animal y para la Salud pública es “un modelo en el que el sector veterinario forme parte activa de la distribución, prescripción, dispensación y uso de los fármacos destinados a animales”. Fundamenta que, si se piensa en lo mejor para la ciudadanía, “lo suyo es poner el servicio a cargo del profesional más preparado al respeto, que es el veterinario, tal como ocurre en 23 de los 27 países de la UE”. ¿Por qué el profesional idóneo para el control en toda la cadena de medicamento veterinario es el veterinario y no el farmacéutico? “Hay que revisar los planes de estudios de cada una de las dos licenciaturas para responder a esa pregunta. El farmacéutico centra sus estudios en una única especie, la humana, y cualquier veterinario sabe, porque lo ha estudiado, que la farmacología es específica para cada especie animal”, evidencia. Expone que hay jurisprudencia al respecto y que la sentencia del TJUE de 2018 es tajante al respeto: el farmacéutico no muestra conocimiento alguno sobre la sanidad animal, mientras califica al veterinario como “idóneo” para ejercitar el control en toda la cadena. Con todo, en CEVE siguen suscribiendo los postulados del Manifiesto en defensa de la gestión racional de los medicamentos con destino a los animales, que firmaron en septiembre de 2021 y considerando que la legítima actividad de venta al por menor o dispensación de los medicamentos veterinarios es “un derecho irrenunciable de los veterinarios”. Su postura es que “la exclusividad en el comercio y en la utilización de los medicamentos veterinarios por parte de los veterinarios constituye una medida idónea para garantizar la Salud pública por el hecho de disponer de los conocimientos y de las cualificaciones profesionales para administrar ellos mismos estas sustancias debidamente y en las cantidades adecuadas, o para informar correctamente de ello a otras personas interesadas”. Esto “beneficia al consumidor, a la salud animal, a la Salud pública y al medio ambiente”. CEVE: “El RD no reconoce al sector veterinario las atribuciones que sí nos da el Reglamento europeo”

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