IM VETERINARIA #15
20 im veterinaria NAVARRA Con una legislación que incide en las prohibiciones específicas de los propietarios de mascotas, Navarra pretende luchar con- tra la falta de concienciación ciudadana sobre las consecuen- cias de un mal uso o de las prácticas incorrectas o incívicas referentes a la tenencia de animales. La norma de protección de los animales de la comunidad foral abre con un conjunto de prohibiciones entre las que se en- cuentra maltratar o someter al animal a cualquier otra práctica que le pueda producir sufrimientos o daños injustificados; la utilización del ensañamiento o de métodos generales o injus- tificadamente dolorosos para el sacrificio de animales desti- nados al consumo; el abandono; o la donación como premio, reclamo publicitario, recompensa o regalo de compensación por otras adquisiciones de naturaleza distinta a la transacción onerosa de animales. A esta disposición le siguen otras como el uso de animales en espectáculos y peleas; la lucha de perros, la lucha de gallos de pelea y las demás prácticas que tengan por objeto el enfrenta- miento entre animales; y la celebración de competiciones de tiro al pichón requerirá autorización administrativa previa. A la hora de aplicar las sanciones existe una cuantía gradual de las multas que el gobierno aplica según criterios como la transcendencia social y el perjuicio causado por la infracción cometida; el ánimo de lucro ilícito y la cuantía del beneficio obtenido en la comisión de la infracción; o el ensañamiento con el animal. Abandono animal El capítulo dedicado al problema del abandono animal es es- pecialmente preciso, lo cual se explica en una CCAA en la que en 2007 fueron abandonados un total de 3.920 perros y 147 gatos. Por animal abandonado la norma entiende a aquél que no lleve ninguna identificación del origen o del propietario ni vaya acompañado de persona alguna. La autoridad competente para hacerse cargo del animal y re- tenerlo es el Municipio hasta que sea recuperado, cedido o sacrificado. El plazo para recuperar los animales sin identifi- cación se fija en ocho días. Y, en el caso en el que el animal lleve identificación, se avisa al propietario que tiene un plazo de diez días para recuperarlo. Transcurrido dicho plazo sin que el propietario lo hubiere recuperado, el animal se entiende como abandonado y, por tanto, se exigen responsabilidades al dueño del animal. Precisamente para un mayor control y vigilancia de las masco- tas, el Colegio Oficial de Veterinarios de Navarra creó el registro COVETNAPET que prevé la identificaciónmediante microchip y, en consecuencia, el envío de los datos al Censo de animales de compañía del Gobierno de Navarra. NÚMERO DE VETERINARIOS COLEGIADOS. 2017 Varones Mujeres Total Menores de 35 años 11 29 40 De 35 a 44 años 12 28 40 De 45 a 54 años 39 32 71 De 55 a 64 años 24 9 33 De 65 a 69 años 5 1 6 De 70 y más años 15 0 15 Total 106 99 205 LA RIOJA Fuente: INE NAVARRA Varones Mujeres Total Menores de 35 años 22 60 82 De 35 a 44 años 38 59 97 De 45 a 54 años 106 76 182 De 55 a 64 años 73 30 103 De 65 a 69 años 16 1 17 De 70 y más años 25 0 25 Total 280 226 506 El capítulo de la legislación navarra dedicado al problema del abandono animal es especialmente preciso
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