Ley de Bienestar Animal: cómo afecta al comercio detallista y a la cadena de valor

Con la controvertida normativa recién aprobada, que coincide casualmente con la feria más importante del sector veterinario, Iberzoo+Propet, una mesa de debate dentro del Fórum AEDPAC ha analizado las implicaciones que esta tendrá para uno de los actores más afectados por los cambios regulatorios: los establecimientos, en especial, los minoritarios.

16/03/2023

La Ley de Bienestar Animal (LBA) ha sido aprobada este jueves definitivamente en el Congreso de los Diputados, tras un largo proceso de modificaciones que la convierte en una de las normativas con más enmiendas presentadas. Alrededor de 6.000 propuestas de cambio ha recibido en todo este tiempo. A partir ...

La Ley de Bienestar Animal (LBA) ha sido aprobada este jueves definitivamente en el Congreso de los Diputados, tras un largo proceso de modificaciones que la convierte en una de las normativas con más enmiendas presentadas. Alrededor de 6.000 propuestas de cambio ha recibido en todo este tiempo. A partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), cambiarán las reglas del juego en la compraventa de animales vivos. Y, por esta razón, el 5º Fórum de la AEDPAC ha organizado una mesa de análisis y debate dentro de la mayor feria del sector veterinario en España que se celebra estos días en IFEMA Madrid, la VII edición de Iberzoo+Propet.

Para los expertos que han participado, esta legislación se caracteriza por dos aspectos: la "inseguridad jurídica" y las "muchas interpretaciones" a que da lugar. Desde su aparición en el BOE, ha recordado Adolfo Santa-Olalla, presidente de la Comisión de Animales Vivos (CAAVV) de la Asociación Española de la Industria y el Comercio del Sector del Animal de Compañía (AEDPAC), habrá seis meses para elaborar el conocido como listado positivo que englobará a los animales de compañía cuya tenencia será legal con una serie de requisitos, y que seguramente "empezará por los mamíferos".

Entre la elaboración de dicho listado y que finalmente se complete "pasarán muchas cosas", ha advertido, entre ellas que esta ley acabará en los tribunales o, a falta de unos meses para las elecciones generales del próximo diciembre, que gobierne otro partido político y revoque esta normativa.

Para Manuel Raia Ayas, presidente de la Asociación Española del Koi, esta normativa tiene un tinte "ideológico, casi una religión" que impulsan el Eurogroup for Animals y otras asociaciones que ejercen como lobby "en el Parlamento español y el europeo". Y ha recordado que esta normativa ha supuesto a lo largo de este tiempo el cierre de "empresas especializadas en el sector".

Además, ha criticado que esto supondrá que la gente "dejará de tener perros y gatos para no complicarse la vida", ya que la normativa, explica, también va a perseguir la tenencia de estos animales de compañía. Sin ánimo de ser "apocalíptico", ha confesado que hay tiendas "cuyas ventas eran un 30% o un 50% del negocio y lo han perdido", obligándolas a cerrar, fusionarse o importar la demanda de animales vivos.

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Principales aspectos de la ley

En los próximos 30 meses el listado positivo que regirá qué animales permiten su tenencia y cuáles no debería estar acabado con todas las especies. Según ha asegurado Santa-Olalla, un informe de cada especie puede llevar en torno a unos tres meses. Estima que en nuestro país puede haber un total de hasta 5.000 especies distintas, lo que considera "un grave problema" si se pretenden cumplir los plazos.

En este sentido, la normativa buscar concretar qué especies supondrán un "riesgo grave" para la tenencia, hecho sobre el cual ha opinado que falta definir mejor qué se considera como gravedad.

Además, cualquier persona que tenga una mascota en su vivienda deberá comunicar la tenencia de este animal de compañía en los próximos seis meses. El principal problema es que, si se comunica por ejemplo la tenencia de un guacamayo o un loro que puede llevar en una casa más de 15 años, "de golpe es ilegal, lo vas a notificar y se lo van a llevar" a centros o entidades de protección animal. "¿Qué va a pasar con esos millones de animales que van a decomisar? ¿Dónde se los van a llevar? Además, cuando se decomisan, se mueren, es algo que ya está demostrado", se ha preguntado Santa-Olalla.

Quedan dudas por resolver sobre qué pasará también con individuos pertenecientes a especies silvestres que no estén afectados por esta disposición transitoria segunda; qué categorización tendrá aquel animal que no esté incluido en el listado positivo o las condiciones en las que se ha de tener un animal de compañía de una especie concreta, ha continuado el experto.

Por otro lado, sí se especifica, en la legislación, según ha señalado, que "quedan exentos de notificación" las aves de cetrería o los peces ornamentales, aunque estos no estén en el listado positivo.

En definitiva, para Santa-Olalla esto se traduce en primer lugar en que "todos los animales que no puedan estar en el listado positivo porque no están en los grupos antes mencionados, te los van a identificar y decomisar". En segundo, que los que no estén en esa lista una vez aprobada la ley, van a requerir de autorización de tenencia, "siempre que demuestres que el animal es legal, que lo tenías antes de la aprobación de la ley y se cumplan las condiciones en tu casa para tenerlo".

En cuanto a la adquisición de animales de compañía, la normativa establece que hará falta contar con un escrito de compraventa. Es decir, que "hasta un pez deberá tener contrato". Una vez se realice la transacción, esta deberá ser comunicada en tres días hábiles al registro de animales de compañía, siempre y cuando sea un animal identificable (autorizado según el listado).

Hay que tener en cuenta, ha matizado, que solo se podrán vender perros, gatos y hurones a partir de los dos meses de vida; si es un intercambio entre criadores, deberán tener cuatro meses. Santa-Olalla, a preguntas del público, ha reconocido que no entiende "mucho" cuáles son las razones que se esconden detrás de estos requisitos.

A eso se suma que los establecimientos legales para adquisición deberán contar con una separación física entre personas y animales.

En cuanto al comercio online, la LBA prohíbe directamente la venta de cualquier animal de compañía en venta directa, de tal forma que las tiendas que hasta este momento vendían por internet "están prohibidas". "Es decir, no podrás tener un portal en la tienda y vender esos animales, pero sí hacerlo de manera física", ha agregado Santa-Olalla, que ve en este punto una doble interpretación: malo porque reduce las posibilidades de negocio, pero bueno porque "la gran mayoría de venta ilegal se hace por internet", y la policía va a contar ahora con algo a lo que atenerse a la hora de detectar la venta ilegal de animales.

Si bien perros, gatos y hurones se podrán seguir adquiriendo, solo serán a través de criaderos registrados. En cuanto al transporte de animales, este deberá garantizar unas condiciones mínimas de habitabilidad y bienestar, tal como ya establecía una normativa europea de 2015 relativa al transporte de ganado, según ha precisado el experto.

En caso de que se adquiera un animal de compañía que necesite ser trasladado en empresa de mensajería autorizada (como de hecho ya ocurría antes de esta ley), esta deberá disponer de habitáculos adaptados en base a la normativa. Principalmente, ha reconocido el portavoz de AEDPAC, esto se ha hecho para que se puedan transportar peces.

Sobre la cesión o adopción de animales de compañía, solo se podrá completar en los términos que aplica esta ley. Entre los principales puntos, queda prohibida la cesión de perros, gatos y hurones si estos tienen "menos de ocho semanas" de vida, y solo se podrá realizar "en centros públicos registrados o entidades registradas". Al respecto, una representante de la Asociación de Centros Legales de Cría y Cuidado Responsable (ASCELCRE), ha contestado que esto se traduce en los centros legales que ya están presentes en España.

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