Eliminado el registro obligatorio para productos no considerados zoosanitarios

Los productos de higiene y manejo animal quedan fuera del registro obligatorio con la nueva Ley 1/2025

08/04/2025

Con la publicación de la Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, que modifica la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, se elimina la obligatoriedad de registro de los productos de higiene, cuidado y manejo de los animales (HCM) ...

Con la publicación de la Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, que modifica la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, se elimina la obligatoriedad de registro de los productos de higiene, cuidado y manejo de los animales (HCM) y de material y utillaje zoosanitario (MUZ) y de sus respectivas empresas titulares para la comercialización de dichos productos. (Publicación en el BOE con fecha miércoles 2 de abril de 2025).

La modificación de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, concretamente en el apartado 18 del artículo 3, precisa la definición de los "productos zoosanitarios". En esta definición, se especifican aquellos productos incluidos dentro de "otros productos zoosanitarios", siendo éstos los reactivos de diagnóstico de las enfermedades de los animales, los sistemas de control de parámetros fisiológicos en animales, y los productos destinados al mantenimiento del material reproductivo animal (conservantes y diluyentes de semen, ovocitos y embriones), quedando fuera de la regulación los productos de higiene, cuidado y manejo de los animales y de material y utillaje zoosanitario (HCM-MUZ) y por tanto, sus empresas titulares.

Así pues, se liberaliza su comercialización en España, reduciendo la carga burocrática que suponía la necesidad de inscripción en el Registro tanto de las entidades como de los citados productos previamente a su comercialización y, al quedar fuera de la regulación de los productos zoosanitarios, se va a proceder a la cancelación de los productos de higiene, cuidado y manejo de los animales y de material y utillaje zoosanitario (HCM-MUZ), así como de sus entidades titulares HCM-MUZ en el Registro de entidades y productos zoosanitarios.

Estos productos, quedan fuera del ámbito de competencias del MAPA (siempre que no se tratE de plaguicidas de uso ganadero, o los productos zoosanitarios recogidos en el Real Decreto 867/2020, de 29 de septiembre, por el que se regulan los productos zoosanitarios de reactivos de diagnóstico de uso veterinario, los sistemas de control de parámetros fisiológicos en animales y los productos destinados al mantenimiento del material reproductivo animal), de forma que cualquier control a realizar, tanto de los productos, ingredientes, etiquetado… como de la fabricación de los mismos, ya no están reguladas por una normativa nacional específica (más allá de los aspectos generales establecidos sobre publicidad o protección de los consumidores en la Ley 34/1988 y en el Real Decreto Legislativo 1/2007), enmarcándose los mismos en la normativa y en los programas de control de las comunidades autónomas.

Debido a esto, para aquellas entidades que necesiten la expedición de un certificado de venta lícita para la comercialización de dichos productos, NO inscritos en el Registro de Zoosanitarios, con destino a países terceros, deberán presentar el formulario de solicitud Anexo IX y modelo de certificado de venta lícita para productos No inscritos y, justificante del pago de tasa correspondiente según el enlace adjunto. Igualmente, adjuntamos el enlace de Sede electrónica del MAPA desde el que podrán enviar dicha documentación.

https://sede.mapa.gob.es/tasasPagoRegistro/pagoDeTasas.do

https://sede.mapa.gob.es/portal/site/seMAPA/fichaprocedimiento?procedure_suborg_responsable=92&procedure_etiqueta_pdu=null&procedure_id=726

Como se puede comprobar, el modelo de certificado de venta lícita para productos NO inscritos requiere la firma previa del titular y sello de la empresa para que el mismo sea firmado posteriormente por el responsable de la Subdirección General de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad.

Para cualquier duda o aclaración pueden ponerse en contacto a través del buzón bzn-zoosan@mapa.es, o contactar en horario de atención telefónica, martes de 09 a 11 h, en el teléfono 91 347 83 57.