El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios ha remitido a sus colegiados un documento del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con las instrucciones actualizadas sobre el uso y cumplimentación del pasaporte de animales de compañía. Este documento es obligatorio para el desplazamiento sin ánimo comercial de perros, gatos ...
El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios ha remitido a sus colegiados un documento del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con las instrucciones actualizadas sobre el uso y cumplimentación del pasaporte de animales de compañía. Este documento es obligatorio para el desplazamiento sin ánimo comercial de perros, gatos y hurones dentro de la Unión Europea.
El pasaporte de mascotas fue adoptado en Andalucía como modelo oficial de cartilla sanitaria mediante la Orden de 19 de abril de 2010, que regula los tratamientos obligatorios de estos animales, sus datos de identificación en la venta y los métodos de sacrificio en la comunidad autónoma. Asimismo, el modelo aprobado incluye una cartilla sanitaria específica para mascotas exóticas como mini pigs y psitácidas.
Normativa de la UE y requisitos del pasaporte
El Reglamento (UE) nº 576/2013, junto con el Reglamento (UE) nº 577/2013, establece que el pasaporte es el único documento válido para la identificación de perros, gatos y hurones en desplazamientos entre Estados Miembros. Desde el 29 de diciembre de 2014, se exige el uso del nuevo modelo de pasaporte, aunque los emitidos antes de esa fecha siguen siendo válidos.
Para su correcta expedición y trazabilidad, se han determinado los siguientes puntos clave:
Vacunación y controles sanitarios
Uno de los aspectos más importantes del pasaporte es el apartado sobre vacunación antirrábica, especialmente para viajes fuera de España. La UE exige que los animales estén vacunados contra la rabia al menos 21 días antes del desplazamiento, y en el caso de primovacunaciones, deben tener al menos 12 semanas de edad.
Para viajar a determinados países como Reino Unido, Irlanda, Malta, Finlandia y Noruega, es obligatorio un tratamiento antiparasitario contra Echinococcus entre 24 y 120 horas antes del viaje.
Además, en caso de regresar a la UE desde un país tercero, es recomendable realizar una prueba de valoración de anticuerpos de la rabia, la cual debe ser realizada al menos 30 días después de la vacunación y en un laboratorio autorizado.
Evitar problemas en los desplazamientos
Desde el Consejo Andaluz de Veterinarios recuerdan la importancia de cumplir con todos los requisitos para evitar problemas en los desplazamientos. El incumplimiento de la normativa puede derivar en la inmovilización de las mascotas en cuarentena, su reexpedición al país de origen o incluso su eutanasia.
Para más información, los veterinarios y propietarios de mascotas pueden consultar la web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación: www.mapama.gob.es o el documento