Confirman nuevos casos de Enfermedad Hemorrágica Epizoótica en bovinos de Álava, Burgos y Lleida

Hasta la fecha, tan sólo las Islas Baleares y Canarias tienen la consideración de territorio libre de EHE.

31/07/2024

Desde la última actualización sobre la situación de la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica (EHE) realizada el pasado 24 de julio, el Laboratorio Central de Veterinaria (LCV) de Algete, laboratorio nacional de referencia para esta enfermedad, ha confirmado la presencia de enfermedad en varias explotaciones de bovino localizadas en las comarcas de ...

Desde la última actualización sobre la situación de la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica (EHE) realizada el pasado 24 de julio, el Laboratorio Central de Veterinaria (LCV) de Algete, laboratorio nacional de referencia para esta enfermedad, ha confirmado la presencia de enfermedad en varias explotaciones de bovino localizadas en las comarcas de Álava (provincia de Álava), Salas de los Infantes (provincia de Burgos) y Alta Ribagorça (provincia de Lleida), comarcas que ya habían resultado afectadas en 2023.

Con objeto de recopilar información sobre de la situación epidemiológica, se está siguiendo el criterio de confirmar laboratorialmente en el LCV de Algete o en los laboratorios regionales, y notificar el primer foco detectado en cada comarca, realizando los Servicios Veterinarios Oficiales un seguimiento del resto de comunicaciones de sospechas clínicas. Hasta la fecha, tan sólo las Islas Baleares y Canarias tienen la consideración de territorio libre de EHE.

Desde el MAPA se recuerda que la EHE no afecta en ningún caso al ser humano, tratándose de una Enfermedad de Declaración Obligatoria (EDO) recogida en el Real Decreto 779/2023, de 20 de junio, por el que se establece la lista de las enfermedades de los animales de declaración obligatoria y se regula su notificación. Por tanto, es obligatorio comunicar inmediatamente a los Servicios Veterinarios Oficiales cualquier sospecha clínica en las especies susceptibles (domésticas y silvestres), recomendándose adoptar medidas de desinsectación en animales e instalaciones como sistema de prevención, así como el tratamiento sintomático de los animales enfermos tan pronto como aparezcan los síntomas en los mismos.