La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Córdoba ha aprobado una instrucción reguladora para el acceso de animales de compañía a edificios y dependencias públicas municipales, en consonancia con la reciente ley de Bienestar Animal. Esta medida establece criterios y normas para garantizar la convivencia y seguridad tanto de ...
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Córdoba ha aprobado una instrucción reguladora para el acceso de animales de compañía a edificios y dependencias públicas municipales, en consonancia con la reciente ley de Bienestar Animal. Esta medida establece criterios y normas para garantizar la convivencia y seguridad tanto de los trabajadores como de los ciudadanos que acuden a estos espacios.
Entre las principales disposiciones, se destaca que los animales solo podrán acceder a los edificios públicos durante el tiempo necesario para realizar trámites administrativos o recibir atención ciudadana, y siempre que no representen una amenaza para la seguridad o la salud de las personas. Además, se prohíbe su permanencia y se regula su comportamiento, higiene y supervisión por parte de sus dueños.
Los animales deberán estar en todo momento sujeto con correa corta o permanecer dentro de sus transportines, siempre bajo vigilancia de la persona portadora.
Por otro lado, se establece que esta instrucción no se aplicará a los perros que, según lo dispuesto en la Ley 11/2021, de 28 de diciembre, que regula los perros de asistencia a personas con discapacidad en Andalucía, y otras normativas correspondientes, estén reconocidos como tales. Del mismo modo, estas restricciones no se aplicarán a los perros utilizados en terapias asistidas.
La instrucción también establece la obligación de los responsables de los edificios de señalizar claramente los espacios donde está permitido o prohibido el acceso de mascotas, así como la responsabilidad de los propietarios por cualquier daño o suciedad que puedan causar sus animales.